Recientemente salio una nueva resolución de la Afip 4955-2021 que modifica las fechas de la resolución de la Afip 4444-2019, dando nuevos plazos de recambio de los controladores fiscales de primera generación por los de nueva técnologia.
Los mencionados equipos de “vieja tecnología” podrán utilizarse según el cronograma que conforme a la cantidad de equipos homologados se detalla a continuación, debiéndose utilizar sólo equipos de “Nueva Tecnología a partir de las fechas indicadas para cada rango.
Cantidad de Equipos de “vieja tecnología” habilitados | Rango de fechas para el recambio obligatorio de “vieja tecnología” a “nueva tecnología” |
CINCUENTA (50) o más |
1/05/2021 al 30/06/2021 |
Entre ONCE (11) y CUARENTA Y NUEVE (49) |
1/07/2021 al 31/08/2021 |
Entre CINCO (5) y DIEZ (10) |
1/09/2021 al 31/10/2021 |
TRES (3) o CUATRO (4) |
1/11/2021 al 31/12/2021 |
UNO (1) o DOS (2) |
1/01/2022 al 28/02/2022” |
Por lo que le recomendamos verificar estos datos en su empresa o comercio, para prever si requiere realizar efectuar recambios de controladores fiscales de vieja a nueva tecnología.